Finaliza el año escolar sin inscripciones

Escrito por: Hildemar / Fecha: July 9th, 2010

Ayer jueves 8 de julio del 2010, se acordó  el esperado decreto del Ejecutivo Nacional sobre el aumento de la matrícula en los colegios privados para el próximo año escolar.

Se estableció un 20% como máximo límite de aumento de la matrícula y mensualidades escolares en las instituciones privadas, y será acordado en las Asambles de Padres y Representantes. Cada institución privada acordará si se aprueba aumento y su porcentaje 20% o menos,  en la 1.  convocatoria con 48 horas de antemano para asistir un 75% de la población de  padres y si no hay asistencia la 2. convocatoria con la mitad más uno, se decidirá el aumento.

A esta fecha no se pueden hacer las  asambleas de padres y representantes,   lo acordado tan tarde, por primera vez tan tarde en la historia de los colegios privados por el Ejecutivo Nacional ya que en las instituciónes escolares ya casi estan de vacaciones los alumnos y sus representantes,  por lo cual  no se llevarán a cabo las asambleas en este mes de julio  y por consecuencia no habrá inscripciones formales, será  para septiembre cuando regresen los alumnos al Colegio privado.

Finaliza el año escolar sin inscripciones y como consecuencia de lo tarde de la medida las  instituciones escolares tendrán que cancelar las vacaciones y los meses no laborables a su recurso humano (LOS PROFES y otros miembros de la comunidad) sin haber recibido pago adicionales de inscripciones ni matrícular nueva, igualmente no podrán hacer arreglos a su planta física por no tener los recursos financieron.  En el mes de agosto  se dedicaban a las reparaciones  por estar los alumnos ausentes, no hay recursos no hay reparaciones.   También la planificación  del año escolar 2010.2011 no podrán hacerlo por no saber en realidad con lo que van a  recibir. Por otro lado el aumento al incremento al salario mínimo fue de un 25% y la inflación acumulada de mayo a mayo fue del 33.2%, por encima del máximo aumento que se decreto por el Ejecutivo.

Espero que la gerencia educativa privada sepa salir de este nuevo abordaje, y su buena planificación,  estrategia y don de servicio al sistema educativo y a la sociedad venezolana lo lleve de nuevo al equilibrio y a un ambiente organizacional  de calidad.

Profe o Miliciano? calladito como un soldadito

Escrito por: Hildemar / Fecha: July 3rd, 2010

En el Proyecto de Ley presentado por el Sindicato Nacional de la Fuerza Unitaria Magisterial que regulará el ejercicio de la Profesión Docente en Venezuela, establece entre tantos puntos los requisitos para obtener el nivel de Docente IV en el sistema educativo venezolano, Sí aprueban este proyecto para el nuevo  Reglamento de la Profesión Docente, los profesores tendrán que pertenecer obligatoriamente a la milicia del partido de turno  y estar sumisos, calladitos como un soldadito. Por lo tanto se  viola  la Constitución Nacional de Venezuela, en el  artículo 104 donde establece que la educación estará a cargo de personas que responderá a criterios de evaluación de méritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica, el estar activado de manera regular en la milicia del partido de turno  corresponde a otra naturaleza fuera de la académica.


Requisitos para obtener el nivel de   DOCENTE IV en el sistema educativo Venezolano


a.- Aprobar la evaluación del desempeño y de méritos correspondiente
b.- Ejercerá por un tiempo mínimo de cuatro años continuos, en la categoría
c.- Presentación de un trabajo de ascenso, con creación intelectual
d.- Activar de manera regular en la milicia nacional ó actividades conducentes a la educación del pueblo, organizado por el Consejo Comunal Educativo ó el ente rector nacional.

NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NMO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO NO

Satisfacer el curso de inducción para la formación política? Qué

Escrito por: Hildemar / Fecha: July 1st, 2010

PROYECTO DE LEY PRESENTADO POR SINDICATO NACIONAL DE LA FUERZA UNITARIA MAGISTERIAL SINDICATO DEL GOBIERNO
PAPEL DE TRABAJO COMO PROYECTO DE LEY ESPECIAL QUE REGULARÁ EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DOCENTE EN VENEZUELA, ESTABLECE SOBRE DE LAS CONDICIONES DE INGRESO

Art 11. Los aspirantes a participar en la evaluación de meritos para ingreso en condición de interino al Subsistema de Educación Básica, además de los anteriores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1.- Ser venezolana o venezolano, o estar residenciado en el país con derechos constitucionales.
2.- Ser profesional de docencia, según lo previsto en esta Ley.
3.- Ser de reconocida moralidad e idoneidad técnica-académica y comunitaria.
4.- Satisfacer el curso de inducción para la formación en políticas públicas y evaluación de meritos.
5.- Poseer certificado de salud física y mental, expedido por un servicio oficial de salud.
6.- Poseer certificado de haber realizado trabajo comunitario, expedido por el consejo comunal.

PARAGRAFO UNICO: De conformidad con la Ley Orgánica de Educación y por razones de necesidad comprobada, mediante informe del Consejo Comunal Educativo, como expresión del poder popular en el ámbito geográfico correspondiente, se podrán incorporar profesionales universitarios de otra áreas distintas a la docencia, en las mismas condiciones salariales de los profesionales de la educación según la carga horaria y sitio laboral, cumpliendo con los prerrequisitos del REGISTRO PERMANENTE DE PROFESIONALES DE LA EDUCACION Y AFINES.

EL SINDICADO DEL GOBIERNO VIOLA LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE VENEZUELA TRATANDO DE IMPONER  Un solo camino, una sola política, un solo pensamiento NO NO NO NO NO NO NO NO

Milagro de inclusión educativa

Escrito por: Hildemar / Fecha: June 16th, 2010

Tal como es ya costumbre la educación suele jugar un papel importante en la tarea electoral de insistir en que en Venezuela a partir del año 1999 hemos protagonizado un auténtico milagro de inclusión educativa.

Esta vez se utilizan las cifras del INE y no las de los organismos encargados  de la tarea,  tal es el caso del MPPE y la Misión Robinson I. Quienes le deben al país una explicación razonable respecto a las distancias que hay entre la propaganda y los datos más razonables de las memorias y cuentas.  O en el
caso particular de la alfabetización donde todavía se espera el listado de los alfabetizados,  para que los organismos independientes puedan avalar o criticar los resultados ofrecidos en ocasión de los distintos y frecuentes procesos electorales que hemos tenido.

De ese modo se podrían aclarar las dudas razonables que producen  las diferencias entre las cifras del Gobierno
y las que publica anualmente la UNESCO (supuestamente entregadas por el mismo Gobierno) En cualquier caso el gobierno debe explicar por qué son más auspiciosos los datos de escolaridad del INE que los que presenta la Memoria y Cuenta del Ministerio de Educación firmada  por el Ministro Navarro.

De igual modo debería explicarle al país el propio INE por qué no calcula la escolaridad neta entre el maternal y el final de la educación media,  tal cual lo sanciona la Constitución del año 1999. Si lo hiciesen como es de ley hoy, pegaría un grito al cielo,  porque la escolaridad neta se rondaría el 50% de la población entre los 0 y 18 años de edad.

por  el profe Luis Bravo   www.LuisBravoj.blogspot.com

Es mi derecho

Escrito por: Hildemar / Fecha: May 18th, 2010

El artículo 2 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela dice;

Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de derechos y de justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad de los derechos humanos, la ética y EL PLURALISMO POLITICO

Es un derecho tener pensamiento diferentes en los político no es un delito ni mucho menos son enemigos ni traidores a la patria el pensar diferente.

ES UN DEBER ENSEÑAR EN EL AULA ESTE ARTICULO DE LA CONSTITUCION SOBRE EL PENSAMIENTO LIBRE Y PLURAL, POR SER UN PAIS DEMOCRATICO, SOLO DEBEMOS RESPONDER A LA CONSTITUCION.
Es un derecho, quién dice lo contrario es un transgresor de la Ley. Un delincuente.

Los derechos se toman, no se piden, se arrancan, no se mendigan
Una frase de José Martín

El mejor regalo para el 2010

Escrito por: Hildemar / Fecha: January 2nd, 2010

El mejor regalo para este año 2010 que le pueden dar a nuestros niños de Carabobo es que ellos reciban clases en infraestructuras de calidad, dotadas de todos los recursos, como lo manda la ley y nuestros  niños se merecen una instalaciones de primera ya que son el futuro del país.

Estas son palabras de Profe Auris Rivero, Presidenta de la Federación Venezolana de Maestros seccional Carabobo. Indicó además que hay una denuncia ante la defensoría del Pueblo por el grave estado de deterioro en el que se encuentra el Centro de Educación Inicial Bolivariano Especial 18 ubicado en el municipio Carlos Arvelo.  Desde 2008 se tiene una inspección del cuerpo de Bomberos que alerta de los graves daños que presenta la institución en pisos y paredes, así como la inestabilidad del terreno, lo cual representa una gran riesgo para los niños y profes.

En los 14 municipios de Carabobo existe una grave problemática en materia de infraestructura educativa que debe ser atendidos cuanto antes. Ejemplos de institutos escolares en deterio la escuela la Carmen Norte, ubicada en la avenida Las Ferias, las Simón Rodríguez de Santa Rosa, el liceo Alejandro Zuluaga y Carlos Arvelo entre otros.Según la Profe Auris Rivero, presidenta de la Federación Venezolana de Maestros seccional Carabobo.

Artículo de LOE 7 y Artículo 59 de la Constitución Nacional

Escrito por: Hildemar / Fecha: September 17th, 2009

Entre estos dos artículos de la LOE y la Constitución hay   contradiciones que pueden ser interpretadas depende del lado donde se mire, que dice la Constitución Nacional en su artículo 59: ………..El padre y la madre tienen derecho a que sus hijos o hijas reciban la educación religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones  y el artículo 7 de la Ley Orgánica de Educación, dice: el estado mantendrá en cualquier circunstancia su carácter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismos religiosos. ……….

¿Entonces se podra dar religión, rezar al comienzo de la clase en colegios religiosos? se podrá tener la costumbrada gruta de la Virgen, se celebrará en el mes de Mayo el dia de la Virgen, que pasará con la navidad,  la paradura de niño en enero, el dia de los santos (un ejemplo de colegios católicos)

El tiempo dira la aceptación y la aplicación o no  de estos artículos.

¿Monopolio en la docencia Venezolana?

Escrito por: Hildemar / Fecha: September 17th, 2009

Siguiendo con la nueva LOE venezolana en el artículo 35 N#8 …algunas carreras de interés nacional deban ser reservadas para ser impartidas en instituciones especialmente destinadas para ello, esté artículo de la LOE  choca con el artículo 106 de la Constitución Nacional Venezolana que dice: ….que la ley establezca, puede fundar y mantener instituciones educativas privadas ……..
¿Para qué se reserva este monopolio?

Sencilla. compleja e imcompleta

Escrito por: Hildemar / Fecha: September 16th, 2009

La nueva Ley Orgánica de Educación venezolana Publicada en vacaciones el 15 de agosto de este año ,es tan sencilla que es fácil leerla, una concha de mago, , pero compleja porque no aclara ciertos artículos y lo deja a la interpretación de lector, también está incompleta ya que muchos artículos están por anadir con leyes especiales y sus reglamentos que pronto se promulgaran.
El artículo 12: establece las prohibiciones de propaganda partidista en las instituciones y centros educativos, pero al final aclara que: las condiciones para dar cumplimiento al contenido de este artículo, así como sus excepciones serán establecidas en las leyes especiales y sus reglamentos. Habrá excepciones. Por cierto que este artículo aparece en la anterior ley de Educación del año 1980, sin ley especial ni excepción.
El artículo 14: dice La educación regulada por esta Ley se fundamenta en la doctrina de Simón Bolívar, en la doctrina de Simón Rodríguez, en el humanismo social y está abierta a todas las corrientes del pensamiento.
¿Cuáles serán las doctrinas contrarias a la soberanía nacional si están abiertas a todas las corrientes del pensamiento? Artículo: 11, se prohíbe en todas las instituciones y centros educativos oficiales y privados, la difusión de ideas y doctrinas contrarias a la soberanía nacional.
Artículo 3 de Nueva LOE, La palabra pluralista no aparece en esta Ley orgánica de Educación como principio y valor rector de la educación venezolana, en cambio el valor permanente aparece como un principio y valor, será que coexistir con varias tendencias no es un valor de la educación y mantenerse permanente en el tiempo si es un valor primordial.
En este artículo otro valor importante es la valoración del bien común ¿y que paso? con la valoración del bien individual?

Ni fu ni fa

Escrito por: Hildemar / Fecha: September 9th, 2009

Ocurre, y tanto que cuesta admitirlo,  que la información sobre la aprobación  e implantación de la nueva Ley Orgánica de Educación desborda la capacidad que tenemos para ir conformando una base de datos que contribuya a comprenderlo.  Como nunca antes las fuentes oficiales fueron tan sectarias y abundantes frente a una LEY, casi ni *fu ni fa *para las pretensiones de imponer un socialismo (social-nacionalismo,  más bien) que tiene severos obstáculos culturales para terminar de calar en la población. Del lado de la disidencia, de quienes objetan la forma y fondo de la Ley, han llenado las fuentes más o menos independientes de análisis cáusticos y llamados a resistir el atropello de una legislación educativa  altamente sectaria, que retrocede en materia de derechos educativos. Que empodera a factores ajenos
a quienes les toca hacer el trabajo en las escuelas reales.  Algo que por cierto va a contracorriente de una de las ideas prácticas del socialismo laico que se funda en la posibilidad de que quien trabaja más es quien debe mandar más y vivir mejor.

por Luis Bravo

memoriaeducativav.blogspot.com