Vieja y obsoleta

Cuando leo la cláusula Nº 19 de la resolución o el contrato que de paso no es  colectivo me siento vieja y obsoleta.
CLÁUSULA Nº 19 llamada exclusivista

ACTIVIDAD LABORAL EN PROCESO DE TRANSICIÓN:

El Ministerio del Poder Popular para la Educación conviene, a partir de la firma y depósito de la presente Convención Colectiva de Trabajo, en reconocer que a partir de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el proceso educativo y dentro de él, las condiciones de trabajo del docente, se encuentran en un proceso de transición para transformarlo, de las exigencias y condiciones de una democracia representativa, a una democracia protagónica y participativa. Ambas partes reconocemos la convivencia de un docente laborando en el marco del viejo régimen y un docente laborando en el progresivo y novedoso régimen que nos impone las normas previstas en esta materia, En consecuencia esta Convención Colectiva de Trabajo debe recoger y así se aprueba condiciones de trabajo para ambos espacios en el ejercicio docente, durante el proceso de transición. Aprobada en Acta de fecha 26 de Noviembre de 2008.

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Cuando dicen ambas partes reconocemos ( será las mismas partes), o el único partido que es escuchado y  privilegiado. Yo estudié y laboré en el viejo régimen catalogada como  vieja y obsoleta pero cuantos supervisores tendrán un Master o postgrado y serán docentes VI y estan al tanto de la vanguardia educativa mundial.

Esta cláusula 19, segrega, separa más a los venezolanos, a las personas de un mismo país, agudiza la segregación de pensamiento, es fatal en vez de unir y unificar criterios, me hacen sentir excluida  por lo tanto soy imcompatible, me descartan me niegan y me rechazan.

Debemos incluir sin excluir. Tendré que volver a estudiar el “novedoso régimen“  pero lo nuevo de esta materia, Cuba sin electricidad, Corea del N  con sus bombas, la caida del muro de Berlin y el libre mercado de China.

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